Clasificación de las bebidas
La legislación francesa divide las bebidas alcohólicas en varios grupos o categorías, basados principalmente en su contenido de alcohol y su método de fabricación.
Entender estas distinciones es crucial para el tipo de licencia que necesita obtener y las restricciones a la venta de bebidas que se le aplican.
Grupo 1
Bebidas sin alcoholEste grupo incluye bebidas no alcohólicas como aguas minerales o carbonatadas, zumos de frutas o verduras sin fermentar o que no contengan trazas de alcohol superiores a 1,2 grados tras la fermentación, limonadas, jarabes, infusiones, café, té y chocolate.
Grupo 2
DerogadoLa Orden nº 2015-1682, de 17 de diciembre de 2015, suprimió las antiguas bebidas del 2º grupo, que ahora se agrupan en el 3º grupo. Esta medida de simplificación ha tenido el efecto de modificar el régimen de concesión de licencias, aunque este cambio no afecta a la licencia IV.
Grupo 3
Bebidas fermentadas no destiladas y vinos dulces naturalesEl vino, la cerveza, la sidra, la perada, el hidromiel, así como los vinos dulces naturales, las cremas de cassis y los zumos fermentados de frutas o de verduras que contengan entre 1,2 y 3 grados de alcohol, los vinos de licor, los aperitivos a base de vino y los licores de fresa, frambuesa, grosella negra o cereza que no contengan más de 18 grados de alcohol puro.
Sólo los zumos de frutas fermentados están sujetos a un límite de alcohol comprendido entre 1,2 y 3. Sin embargo, el vino, la cerveza, la sidra y las demás bebidas mencionadas en el 3° del artículo L. 3321-1 del Código de Salud Pública francés están cubiertas por este requisito. Por ejemplo, los vinos tintos, blancos, rosados y espumosos contienen más de 10° de alcohol, generalmente en torno a 12°, las cervezas entre 4 y 9° y las sidras entre 5 y 9°.
En el grupo 3° también se incluyen las cremas y licores que no contienen más de 18°; los que contienen más de 18° entran en el grupo 5°.
Grupo 4
Rones, tafias, destilación de vino, etc...los rones, tafias, alcoholes obtenidos de la destilación de vino, sidra, perada o frutas y que no contengan gasolina añadida, así como los licores edulcorados con azúcar, glucosa o miel a razón de 400 gramos por litro como mínimo para los licores anisados y de 200 gramos por litro como mínimo para los demás licores y que no contengan más de medio gramo de gasolina por litro.
Grupo 5
Todas las demás bebidas alcohólicastodas las demás bebidas alcohólicas: bebidas anisadas, whisky, vodka, ginebra, etc. (lista no exhaustiva).
En el caso de los cócteles y las "premezclas" (bebidas mezcladas de antemano), es la clasificación del componente del grupo más alto de la mezcla la que determina la clasificación del producto acabado que se ofrece a los clientes, independientemente del contenido de alcohol del producto acabado. No es el cóctel o la "premezcla" en sí lo que hay que clasificar, sino cada una de las bebidas que componen la mezcla.
Por ejemplo, una bebida mezclada se clasifica en el grupo 3 (limonada = grupo 1 + cerveza = grupo 3), mientras que un ponche elaborado con ron blanco y zumo de naranja se clasifica en el grupo 4 (zumo de naranja = grupo 1 + ron = grupo 4).
Condiciones relativas a la fabricación o a la importación
Para fabricar o importar bebidas de los grupos 3º, 4º y 5º, el titular de un establecimiento de hostelería debe (artículo L. 3322-1 del Código de Salud Pública) :
- hacer una declaración a las autoridades de fiscalidad indirecta;
- Coloque una etiqueta en cada botella en la que figure el nombre y la dirección del fabricante o importador, el nombre de la bebida y su uso previsto (digestivo o aperitivo);
- Además, el artículo L. 3322-3 del CSP estipula que las unidades de envasado deben llevar un mensaje sanitario que aconseje a las mujeres embarazadas no consumir alcohol. Las condiciones de colocación de este mensaje se definen en la Orden de 2 de octubre de 2006 por la que se aplica el artículo L. 3322-3.
El apartado 2 del artículo L. 3322-1 del CSP especifica que no puede introducirse ningún cambio en la composición de las bebidas declaradas sin que el propio cambio se declare como bebida de pleno derecho.
Sin embargo, no es ilegal que un operador de hostelería prepare bebidas alcohólicas consistentes en una mezcla de productos por los que se ha pagado el impuesto sobre el alcohol (como en el caso del ponche y la sangría: Cass. Crim., 2 de mayo de 1983, Bull. crim no. 123; Juris-Data no. 1983-701255).
Implicaciones para los propietarios de instalaciones
Para los propietarios de bares, elegir la licencia adecuada es un aspecto crucial del cumplimiento de la normativa. Esto influye directamente en el tipo de bebidas que pueden ofrecer, lo que repercute en la experiencia del cliente y en el modelo de negocio. Conocer las categorías de bebidas y las licencias correspondientes es esencial para evitar sanciones y optimizar las operaciones.